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jueves, 23 de septiembre de 2010

Hasta cuando puedo hacer valer un cheque o pagaré.-

Queridos amigos: un tema muy conversado y sobre el cual los clientes tienen muchas dudas es sobre el vencimiento y la incapacidad de cobro de los cheques y los pagarés. Me canso de escuchar en las consultas, sobre que los clientes tenían para cobrar una deuda garantizada en cheque o pagaré y no la pudieron cobrar porque dicen "ya no sirven , se vencieron". Grueso error que la gente cree en la mayoría de los casos. En ambos casos, tanto en los cheques como los pagarés tienen fuerza ejecutiva, es decir podrán los acreedores hacerlos valer en la justicia con las acciones ejecutivas, rapidas, propias de estos documentos durante un lapso corto de 6 meses en los cheques desde presentados al cobro y de tres años desde que vence la obligación de pagar en los pagarés antes de que prescriban dichas acciones. Ahora bien, prescriptas esas acciones, aún así tenemos hasta 10 años para hacer valer nuestros derechos de cobro, que es el plazo de precripción general que da nuestro Código Civil, para las obligaciones de dar sumas de dinero. Que quiero decir con esto, que si Ud. creía que ya no iba a cobrar ese cheque o pagaré tiene otra oportunidad, en este caso por un juicio menos rapido o expedito como el ejecutivo, y en el cual deberá a diferencia de este último, probar la relación causal, es decir la causa fuente, origen que dio lugar al negocio que se garantizo con estos documentos. Podrá a su vez, utilizar todos los medios de prueba y siempre y cuando el deudor tenga bienes, podrá cobrar hasta 10 años posteriores a el vencimiento de la obligación. Así que amigos, a desenpolvar los documentos, todavia existe una chance más de hacer valer sus créditos, Como siempre, consulte a su abogado de confianza.-

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