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lunes, 9 de agosto de 2010

Los cambios en las condiciones de trabajo

Un tema muy consultado por nuestros clientes tiene que ver con los cambios que proponen los patrones en las modalidades en que se presta un  trabajo y cuando este cambio afecta seriamente la vida del trabajador. Así, lo importante a tener en cuenta es determinar si existe una protección legal ante esto y si siempre uno como trabajador debe aceptar las nuevas condiciones que propone el empleador. 
El tema es bien tratado por la legislación vigente y se denomina "ius variandi", es decir el derecho que tiene el empleador a modificar las condiciones laborales de sus empleados. Estamos hablando, de que el empleador tiene la posibilidad y la ley lo habilita, a que por cuestiones de índole operativo que puedan mejorar la producción empresaria,  pueda disponer que sus empleados varíen las condiciones habituales de trabajo, como por ejemplo un cambio de horario en que se presta la labor, un cambio de sucursal, etc. Pero la ley laboral así como lo habilita, lo limita, y esto es fundamental Así:  el cambio debe cumplir tres requisitos básicos: RAZONABILIDAD: es decir que no puede ser un mero capricho del empleador, debe fundarse en razones que sean verificables y necesarias para la concreción de los fines empresariales. El segundo requisito es que no puede alterar la CONDICIONES ESENCIALES DEL TRABAJO: como por ejemplo si una persona trabaja hace más de diez años en un horario diurno no se lo puede cambiar a trabajar de madrugada o que se modifique sus tareas drásticamente. Y el último requisito y creo el más importante es que, sea cual sea el cambio, este no puede afectar las condiciones de vida actuales del trabajador, es decir que no lo afecte moralmente, ni puede afectar su economía. Esto es importante porque le da un criterio de estabilidad a la labor que  desempeña. En cuanto a la faz económica no estamos diciendo que se le reduzca los haberes, la afectación de su economía, puede surgir como un gasto extra, por ejemplo: utilizar un medio de transporte diario para trabajar en el nuevo horario, esto menoscaba su salario y entonces no tendría validez legal.
Lógicamente hoy en día y ante la necesidad laboral existente son muy pocos los que se atreven a reclamar, pero  aquellos que si lo hacen la ley les permite en caso de obtener una negativa a que no se les modifique sus condiciones laborales, a considerarse despedidos por culpa de sus patrones lo que da lugar a las indemnizaciones por despido sin causa.- 

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